domingo, 24 de enero de 2021

Citas Directas y citas indirectas 14/01/2021

 

AREA:

TRIBUTARIA

TEMA:

CULTURA TRIBUTARIA PARA REDUCIR LAS MULTAS Y SANCIONES EN LAS MICROEMPRESAS

CITAS DIRECTAS



 

“Los impuestos son prestaciones en dinero, al Estado y demás entidades de Derecho Público, que las mismas reclaman en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contra prestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas”. (Zabala, 1946, p.77)

 

“Es la trasgresión o violación de la ley, en muchos casos es resultado de la intencionalidad de sujeto. Esta diferencia es importante sobre todo para la calificación del ilícito. Esta diferenciación es la base para clasificar el ilícito contravenciones y delitos”. ( Ley Nº 2492, 2003, Art 148).

 

 

"La Evasión Fiscal o Tributaria, es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u misivas violatoria de disposiciones legales". (HERAS, 1998, p.79)

 

“La eficiencia de algunos impuestos indicaría que el sistema tributario boliviano tiene la característica de ser regresivo presumiendo que los sectores de la población con menos ingresos tienen una mayor carga tributaria y la distribución de la productividad tributaria implicaría una mayor insignificancia de los impuestos indirectos”. (Ancalle, 2015, p.22)

 

La capacitación o la información es con responsabilidad compartida con el estado y la población  “La capacitación consiste en una actividad planeada y basada en necesidades reales de una empresa u organización orientada hacia un cambio en los conocimientos, habilidades y actitudes del colaborado. Del anterior concepto y de algunas otras consideraciones se puede deducir que la función educativa adquiere, y adquirirá, mayor importancia en nuestro medio”. (Siliceo, 2000, p.25).

Sin excepción alguna todos los contribuyentes se rigen bajo la misma legislación, por lo tanto se da por hecho que los mismos están inmiscuidos con este tema ya que “La recaudación tributaria de un país está conformada por el importe de los tributos, multas e intereses captados por las Administraciones Tributarias en un período de los contribuyentes”. (Reyes, 2015,p11)

 

“Desde esta perspectiva, la contabilidad tributaria tiene una incidencia importante sobre la vida jurídica y económica de las organizaciones en tanto supone la cualificación y reconocimiento de los tributos y la preparación de los reportes requeridos por la administración tributaria”. (Vargas, 2010,p7). Toda MYPES están obligados a tomar en cuenta la parte tributaria para la elaboración y preparación de nuestro reporte mensuales.

 

“La alusión es un mecanismo empleado por los contribuyentes para minimizar la carga fiscal a su cargo sin contravenciones de lo dispuesto por la Ley”. (CANO, 2006, p.14).

 

Todos los ciudadanos que emprendemos un negocio se supone que vamos a obtener ganancias o utilidades, por lo tanto también estamos con la obligación de pagar tributos por lo tanto:“La capacidad contributiva, conocida también como capacidad económica de la Obligación Tributaria es la potencialidad económica, material o real que tiene un sujeto para encontrarse en condiciones de enfrentar la carga o el pago de determinado tributo, tomando en cuenta la riqueza que dicho sujeto ostenta”. (Reyes, 2015,p15)

CITAS INDIRECTAS

Sierra (1988), hay elusión cuando el sujeto pasivo evita que surja la obligación tributaria, disminuye su cuantía o pospone su exigibilidad, emplea para tal fin estrategias expresa o implícitamente contenidas en la ley

 

Feldstein (1976) de que un impuesto que respete el principio de EH debe preservar la ordenación de rentas existente antes de aplicar el impuesto. Los índices basados en esta idea miden cuál ha sido el cambio en la ordenación de rentas tras aplicar un impuesto.

 

 

 

Tapia (2000) indica que la evasión fiscal significa eludir una obligación que la constitución y las normas imponen, obligación que tiene un contenido político-económico de participación en los gastos que requiere la nación, mismos que son necesarias para su desarrollo y existencia.

 

Feldstein (1976) Expresa su frustración de que los responsables políticos todavía tienen que comprender estos conceptos y por lo tanto no hacer política que corregir este mal

Según Stiglitz (1994), son cinco propiedades que debe cumplir un Sistema Tributario para disminuir la controversia que generan los impuestos:

1. Eficiencia económica: no debe interferir en la asignación eficiente de los recursos;

2. Sencillez administrativa: debe ser fácil y relativamente barato de administrar;

3. Flexibilidad: debe ser capaz de responder fácilmente (en algunos casos automáticamente) a los cambios de las circunstancias económicas;

4. Responsabilidad política: debe diseñarse de tal forma que cada individuo pueda averiguar qué está pagando y saber en qué medida el sistema refleja sus referencias, y

5. Justicia: debe ser justo en la manera de tratar a los diferentes individuos.

BIBLIOGRAFIA

Reyes, E. (2015). Auditoria tributaria. Tercera edición Trujillo

Vargas, E. (2010). Contabilidad de tributos. Caracas: Ediciones ECOE

6 Flores Zavala, Ernesto (1946). “Elementos de Finanzas Públicas Mexicanas”, Ed. México D.F

Ley Nº 2492, del Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003. Art 148.

HERAS, Jorge. “La evasión fiscal, origen y medida de acción para combatirla”.

Ancalle, E. 2015, Contabilidad tributaria, La Paz: Ediciones Tigre

TAPIA, E.2000. Evasión fiscal: Causas, efectos y soluciones. México D.F.: Editorial Porrúa.

CANO (2006). “Evasión Fiscal: una decisión racional”. Breviarios Jurídicos (45), Editorial Porrúa. D.F., México. Pág. 14.

Feldstein, Martin (2008). «Effects of Taxes on Economic Behavior». NBER (13745).

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